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viernes, 25 de enero de 2013

El transplante de órganos (parte II)

Transplante de órganos despues de la muerte:

El status legal del transplante de un órgano después de haber muerto el donante es distinto al de quien desea donar un órgano en vida. Para llegar a conocer el veredicto legal en este caso debemos saber primero el veredicto legal sobre la propiedad de cadáver, sobre la inviolabilidad de un cadáver y sobre lo que es una situación de urgencia.

* Sobre el derecho de propiedad de un cadáver decimos: El cuerpo de un ser humano después de morir no es propiedad de nadie. Cuando una persona muere pierde todo derecho de propiedad; esto incluye su derecho de disponer de su cadáver. Por lo tanto no podrá donar ninguno de sus órganos ni incluir tal cosa en su testamento y cualquier clonación o testamento que implique esto será inválida.

Sin embargo, la persona puede donar parte de sus bienes después de morir a pesar de haber salido estos de su propiedad. Esto es posible porque Allah el Legislador permitió al hombre dejar como herencia hasta un tercio de sus bienes sin necesidad de la aprobación de los herederos legalmente especificados y también dejar más de un tercio contando con la aprobación de estos herederos. Esta permisión de Allah es exclusiva a los bienes y no se aplica al cadáver. Por esto no es permitido que una persona instruya en su testamento que desea donar alguno de sus órganos después de muerto.

Los herederos tienen derecho, por orden de Allah, sólo a los bienes de su familiar fallecido y no tienen derecho alguno sobre su cuerpo, pues e! difunto no se los heredó. Por esto es que no tienen el derecho de donar ninguno de sus órganos ni de disponer de su cadáver. Aquí debemos recordar que entre los requisitos de una clonación válida está: que el donante sea dueño de lo que va a donar y que su representante (en ausencia del dueño) tenga derecho de disponer de ello. Y ya que los herederos del difunto no tienen derecho de disponer de su cadáver menos derecho aún tendrá otra persona, sea quien sea. Así pues; ningún médico o autoridad tendrá derecho de autorizar el transplante de algún órgano de un difunto a otra persona.

* Sobre la inviolabilidad de un cadáver y la profanación de la misma diremos: Allah dispuso que el cuerpo de un difunto sea igual de inviolable que el de una persona viva; prohibió que se profane esta inviolabilidad así como prohibió profanar la de la persona viva. Dañar un cadáver es como dañar a un ser vivo.
 
Aisha, Madre de los creyentes, dijo que el Mensajero de Allah (B y P) dijo: "Romperle los huesos a un cadáver es como rompérselos a una persona viva ". Lo cito Ahmad, Abu Daud e lbn Hibbán. Ahmad citó a 'Amru bm Hazm Al Ansarí diciendo: El Mensajero de Allah (saw) me vio apoyado sobre la tumba y me dijo: "No molestes a la gente de la tumba". Muslim y Ahmád citan a Abu Huraira diciendo: El Mensajero de Allah (saw) dijo: "Os conviene más sentaros sobre una brasa y que ésta os queme a que os sentéis sobre una tumba.

Todos estos hadices indican claramente que el cadáver tiene el mismo status sacro que tiene el cuerpo de una persona viva. Indican también que la profanación de un cadáver es igual a la vejación de una persona viva.

Así como es ilícito vejar a una persona viva destripándola, degollándola o quebrándole un hueso también es ilícito profanar un cadáver destripándolo, degollándolo o quebrándole un hueso, Así como es ilícito vejar a una persona viva con insultos, golpes o heridas es ilícito hacerlo con un cadáver, con la excepción que quien hiere, corta o quebra algo a un cadáver no lo indemniza como debe hacerlo quien agrede a una persona viva. La prueba de esto es que el Profeta (saw) no impuso indemnización alguna sobre quien quebró los huesos de un cadáver mientras cavaba frente a él; se limitó a ordenarle  que vuelva a enterrar los huesos y le aclaró que romperle los huesos a un muerto es igual que rompérselos a un vivo en la culpa del pecado solamente.

Si alguien extrae el ojo de un cadáver o le abre el pecho para extraerle el corazón, los pulmones, los riñones o el hígado, para transplantados a otra persona que lo necesita, estaría cometiendo una mutilación y el Islam prohibió mutilar y desfigurar a los muertos. Al Bujari citó a Abuliah bin Zaid Al Ansarí diciendo: El Mensajero de Aláh (saw) prohibió la mutilación y la profanación. Ahmad, lbn Maya y Al Nasái citan a Safuán bm Assal que dice: El Mensajero de Allah (saw) nos envió en una expedición y nos dijo; "Marchad en el nombre de Allah y en la causa de Allah. Combatid a quien reniega de Dios. Pero nos mutiléis ni traicionéis ni matéis a niños."

Después de aclarar esto, se hace evidente que no está permitido abrir un cadáver para extraerle un órgano e implantárselo a otra persona, por que tal acción sería una profanación de la inviolabilidad de los cadáveres, una ofensa y una mutilación; y estas acciones son totalmente ilícitas en el Islam.


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